Calendario fiscal para empresas: las fechas que no puedes olvidar
Pagos provisionales, cuotas obrero-patronales, balanza de comprobación, declaración anual y reparto de utilidades, ordenados mes por mes.
La mayoría de las multas que pagan las pequeñas empresas no vienen de impuestos mal calculados, sino de fechas que se pasaron. Este calendario reúne los vencimientos que aplican a casi cualquier negocio en México, para que los tengas en un solo lugar.
Cada mes: el día 17
El 17 es la fecha más importante del calendario. A más tardar ese día del mes siguiente debes presentar y pagar:
- Pagos provisionales de ISR de personas morales y personas físicas con actividad empresarial o en RESICO.
- IVA mensual, con su saldo a cargo o a favor.
- Retenciones de ISR por sueldos, honorarios y arrendamiento.
- Cuotas obrero-patronales del IMSS del mes anterior.
Algunas personas físicas pueden tener días adicionales para presentar sus pagos según facilidades administrativas vigentes, pero conviene no depender de ellas: preparar todo antes del 17 te deja tiempo para corregir.
Cada dos meses: INFONAVIT y cuotas de retiro
Las aportaciones al INFONAVIT y las cuotas de retiro, cesantía y vejez se pagan por bimestre, también a más tardar el día 17 del mes siguiente al bimestre que se paga. Si tienes créditos INFONAVIT de tus colaboradores, las amortizaciones se enteran en el mismo pago. Este es uno de los procesos que llevamos en el servicio de nómina e IMSS.
Contabilidad electrónica
La balanza de comprobación mensual se envía al SAT en formato XML:
- Personas morales: a más tardar el día 3 del segundo mes posterior al que corresponde.
- Personas físicas obligadas: a más tardar el día 5 del segundo mes posterior.
El catálogo de cuentas se envía con la primera balanza y cada vez que lo modificas. Si no tienes claro si estás obligado, revisa quién debe enviar contabilidad electrónica.
Declaración anual
- Personas morales: a más tardar el 31 de marzo.
- Personas físicas: durante abril, a más tardar el 30.
La anual es el momento de recuperar saldos a favor y de revisar si tus deducciones están bien soportadas. Si tu información está ordenada mes con mes, la anual se presenta en días, no en semanas.
Reparto de utilidades (PTU)
La participación de los trabajadores en las utilidades se paga dentro de los 60 días siguientes a la fecha límite de la declaración anual:
- Empresas personas morales: a más tardar el 30 de mayo.
- Patrones personas físicas: a más tardar el 29 de junio.
Asamblea anual de accionistas
No es fiscal, pero se cruza con la anual: las sociedades anónimas deben celebrar su asamblea ordinaria dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio para aprobar los estados financieros. Lo explicamos en obligaciones corporativas anuales.
Lo que no está en el calendario
Hay obligaciones sin fecha fija que causan muchos problemas:
- Revisar el buzón tributario con frecuencia. Los plazos de un requerimiento corren desde que se notifica, lo leas o no. Si ya te llegó uno, lee qué hacer con un requerimiento del SAT.
- Renovar la e.firma y los certificados de sello digital, que vencen a los cuatro años.
- Emitir complementos de pago a más tardar el día 5 del mes siguiente al cobro de una factura PPD.
Cómo usar este calendario
Ponle recordatorios a dos fechas por mes: el día 10, para tener la información completa, y el día 15, para revisar cálculos antes de pagar. Si llevas meses sin poder cumplir este ritmo, es momento de regularizar o de buscar un despacho que lo haga por ti.